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Versión 2.0 — octubre 2026

Acuerdo de Tratamiento de Datos (DPA)

Este Acuerdo de Tratamiento de Datos ("DPA") establece las obligaciones y responsabilidades de ColombiaTIC Ingeniería SAS como Operador del tratamiento de datos, y de la entidad pública contratante como Responsable del tratamiento, conforme a la Ley 1581 de 2012 y el Decreto 1377 de 2013.

Base legal: Ley 1581/2012 Decreto 1377/2013 Ley 1755/2015 Ley 1712/2014 Decreto 1166/2016

1. Partes del Acuerdo

RolParteObligación principal
Responsable del TratamientoEntidad pública contratante (alcaldía, gobernación u otra entidad)Determina las finalidades y medios del tratamiento; responde ante los ciudadanos y los entes de control
Operador del TratamientoColombiaTIC Ingeniería SASProcesa los datos conforme a las instrucciones del Responsable; implementa medidas de seguridad técnica; no puede usar los datos para sus propios fines
Suboperadores autorizadosAmazon Web Services (AWS), MongoDB AtlasInfraestructura cloud; sujetos a cláusulas contractuales estándar

2. Instrucciones de Tratamiento

ColombiaTIC tratará los datos personales únicamente para:

  1. Recepción y clasificación de solicitudes PQRS
  2. Análisis jurídico asistido por IA (con datos tokenizados)
  3. Generación de borradores de expedientes para revisión humana
  4. Archivo digital con validez administrativa
  5. Notificación al ciudadano sobre el estado de su trámite
  6. Generación de estadísticas agregadas y anonimizadas para informes de gestión

ColombiaTIC no realizará ningún tratamiento adicional sin instrucción escrita del Responsable.

3. Medidas de Seguridad Técnica y Organizativa

ColombiaTIC implementa las siguientes medidas (ver Política de Seguridad completa en /seguridad):

4. Obligaciones de ColombiaTIC como Operador

5. Obligaciones de la Entidad como Responsable

6. Transferencias Internacionales

Los datos son procesados en servidores de Amazon Web Services ubicados en us-east-1 (Virginia, EE.UU.). Esta transferencia internacional se realiza al amparo de:

Las claves KMS son administradas por ColombiaTIC dentro de la cuenta AWS del cliente, garantizando que AWS no tiene acceso al contenido cifrado.

7. Retención y Eliminación de Datos

Tipo de datoPeríodo de retenciónFundamento
Expedientes PQRS completos7 años desde la radicaciónDecreto 1166/2016 — Tabla de Retención Documental
Ledger de auditoría7 años (Object Lock COMPLIANCE, no modificable)Misma base legal + integridad criptográfica
Sesiones activas en Redis3 días (TTL automático)Mínimo necesario para la continuidad del trámite
Logs de acceso del sistema1 añoSeguridad informática
Datos estadísticos anonimizadosIndefinido (sin PII)Mejora del servicio público
Los documentos sellados con Object Lock COMPLIANCE no pueden ser eliminados antes del plazo, ni siquiera por ColombiaTIC o AWS. Esto es una garantía para el ciudadano y para la entidad, no una restricción arbitraria.

8. Incidentes de Seguridad — Protocolo de Notificación

  1. Detección: ColombiaTIC identifica el incidente y activa el protocolo de respuesta
  2. Evaluación (0-2h): Clasificación del incidente (bajo/medio/alto/crítico) y datos afectados
  3. Notificación al Responsable (≤72h): Reporte con tipo de incidente, datos afectados, medidas tomadas y recomendaciones
  4. Notificación a la SIC: Si hay riesgo para los derechos de los titulares, la entidad notifica a la Superintendencia
  5. Remediación: Implementación de medidas correctivas y preventivas
  6. Postmortem: Análisis de causa raíz y actualización de medidas de seguridad

9. Terminación del Acuerdo y Cese del Tratamiento

9.1 Causales de terminación

9.2 Procedimiento de cese

Al término del contrato, ColombiaTIC se compromete a:

  1. Entregar a la entidad todos los datos en formato estándar (CSV, JSON) dentro de los 30 días hábiles siguientes a la terminación
  2. Eliminar las copias de datos en los sistemas de ColombiaTIC, excepto las obligaciones legales de retención
  3. Certificar por escrito la eliminación
  4. Los documentos bajo Object Lock permanecerán en S3 hasta cumplir el período legal — la entidad puede acceder a ellos directamente

10. Resolución de Conflictos y Cláusula de No Culpa Recíproca

Las partes acuerdan que antes de iniciar cualquier acción legal, se someterán a un proceso de mediación ante el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Cali, con un plazo máximo de 60 días calendario. Si la mediación fracasa, se acudirá a arbitramento en derecho conforme al Decreto 1818 de 1998.

Ninguna de las partes será responsable ante la otra por daños indirectos, lucro cesante, daño emergente indirecto o daños punitivos, salvo en casos de dolo o culpa grave debidamente probados.